lunes, 31 de mayo de 2021

LOS NUEVOS LÍMITES DE VELOCIDAD Y LAS MULTAS QUE TE PUENDEN PONER

 

Desde el pasado 11 de mayo, las vías urbanas tienen nuevos límites de velocidad... y nuevas sanciones.

Según los expertos, reducir la velocidad de  50 km/h a 30 km/h disminuye cinco veces el riesgo de fallecer debido a un atropello.

La reforma del Reglamento General de Circulación (RGC) fue aprobada en noviembre del pasado año, pero el Gobierno dio seis meses para que los ciudadanos  lo conociéramos de forma adecuada, y para que las administraciones públicas dispusieran de un plazo suficiente para adaptar la señalización.

Desde el día 11 de mayo se supone que todos estamos al corriente de los nuevos límites, y,  en consecuencia,  los conductores y conductoras que no los respeten podrán ser denunciados y sancionados con multas de hasta 600 euros y la retirada de seis puntos del permiso de conducir en el caso de que la infracción sea considerada muy grave.

Veamos esos límites:

Vías con plataforma única de calzada y acera


Normativa:

— Art. 50.1.a) El límite genérico de velocidad en vías urbanas será de 20 km/h en vías que dispongan de plataforma única de calzada y acera.

Art. 50.2) Las velocidades genéricas establecidas podrán ser rebajadas previa señalización específica por la Autoridad Municipal.

Multas:

Entre 21 y 40 km/h:       Grave             100 €

Entre 41 y 50 km/h:       Grave             300 € + 2 puntos

Entre 51 y 60 km/h:       Grave             400 € + 4 puntos

Entre 61 y 70 km/h:       Grave             500 € + 6 puntos

A partir de 71 km/h.       Muy grave       600 € + 6 puntos

Vías urbanas con un único carril por sentido de circulación


Normativa:

— Art. 50.1.b) El El límite genérico de velocidad en vías urbanas será de 30 km/h en vías de un único carril por sentido de circulación.

— Art.50.2.) Las velocidades genéricas establecidas podrán ser rebajadas previa señalización específica por la Autoridad Municipal.

Multas:

Entre 31 y 50 km/h:       Grave             100 €

Entre 51 y 60 km/h:       Grave             300 € + 2 puntos

Entre 61 y 70 km/h:       Grave             400 € + 2 puntos

Entre 71 y 80 km/h:       Grave             500 € + 6 puntos

A partir de 81 km/h.       Muy grave       600 € + 6 puntos


Vías urbanas con dos  o más carriles por sentido de circulación



Normativa:

— Art. 50.1.c) El límite genérico de velocidad en vías urbanas será de 50 km/h en vías de dos o más carriles por sentido de circulación.

— Art.50.2.) Las velocidades genéricas establecidas podrán ser rebajadas previa señalización específica por la Autoridad Municipal.

Multas:

Entre 51 y 70 km/h:       Grave             100 €

Entre 71 y 80 km/h:       Grave             300 € + 2 puntos

Entre 81 y 90 km/h:       Grave             400 € + 4 puntos

Entre 91 y 100 km/h:     500 €             600 € + 6 puntos

A partir de 101 km/h.     Muy grave       600 € + 6 puntos

Otras vías urbanas: travesías




— Art.50.5. El límite genérico de velocidad en travesías es de 50 km/h para todo tipo de vehículos. Este límite podrá ser rebajado por acuerdo de la Autoridad Municipal con el titular de la vía previa señalización específica.

Creo que la decisión de rebajar los límites de velocidad en las calles es buena. Seguro que habrá menos muertos por atropello porque no debemos olvidar que el riesgo es inversamente proporcional a la velocidad.

Por desgracia el ser humano necesita ser castigado para cumplir la normativa. Las multas doblegan hasta el más incívico y rebelde, pero gracias a eso el numero de fallecidos ha bajado. Si no somos cívicos por las buenas debemos serlo por las malas, las multas.
















No hay comentarios:

Publicar un comentario